La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ya ha comenzado a publicar contestaciones a consultas sobre la prohibición de pagar en efectivo determinadas operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros.
Como ya sabrá, desde el pasado día 19 de noviembre no podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera, como consecuencia del nuevo régimen establecido por la nueva Ley 7/2012 contra el fraude fiscal …
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